El Beato GUIDO DE MONTPELLIER, fundó la Orden del Espíritu Santo hacia el año 1174 y la dotó de Regla propia que, conteniendo todas las prescripciones de la Regla de San Agustín, la enriqueció con otras muchas observancias, que la distinguen de cualquier otra Orden.                                                                                                                                                                                                                                                                         La Regla consta de 105 capítulos, donde se recoge toda la normativa que habían de profesar sus Hijos e Hijas. Como fundamento y resumen de la misma la inició con el Capítulo 25 del Evangelio según San Mateo ,versículos 31 en adelante, en los que el Divino Maestro expone sobre qué actitudes y comportamientos versará el Juicio final: “Venid benditos de mi Padre, recibid la herencia del Reino preparado para vosotros desde la creación del mundo, PORQUE TUVE HAMBRE, Y ME DISTEIS DE COMER; TUVE SED Y ME DISTE DE BEBER; ERA FORASTERO Y ME ACOGISTEIS…”

La Caridad es el fundamento y el fin supremo de la Orden del Espíritu Santo y es necesario que ella reine en todos sus miembros. El santo fundador hizo de ella un artículo especial de su Regla: “Que los hermanos – dice – practiquen la caridad con todos los hombres y se esfuercen en hacer reinar entre ellos la paz y la concordia.”

Esta Regla fue aprobada, en principio, por el Papa Inocencio III y confirmada más tarde por el Papa.  El Códice que se presenta, fue mandado realizar a los pocos años de la muerte del Fundador y estuvo en posesión de la Orden , durante siglos. Más tarde pasó a la Biblioteca Lancisiana y últimamente se encuentra en el Archivo de Estado en Roma. Es un valioso Códice que data del siglo XII con preciosas letras miniadas y representando en miniaturas a Hermanos y Hermanas ejerciendo las funciones prescritas por la Regla.

La Regla rigió los destinos de la Orden durante siglos, si bien, en el reinado del Papa Eugenio IV, O.S.A. (1431 – 1447), éste le impuso la Regla de San Agustín. No obstante esta decisión, las dos Reglas -la de San Agustín y la propia-, coexistieron y que actualmente son observadas en nuestros Monasterios de España.